1.-
¿Quién puede acogerse a la subvención?
Cualquier persona física o jurídica propietaria de un
ascensor ubicado en la Comunidad de Madrid, que cuente con registro de aparato
elevador (RAE), que quiera ver reducido el consumo energético de su ascensor, y
se quiera aprovechar de las ayudas que ofrece la Comunidad de Madrid siempre
que se consiga, al menos, un 35% de ahorro energético con los cambios.
2.- Siendo el Propietario de un ascensor, ¿Cómo puedo acogerme a esta
subvención?
Todo Propietario de un ascensor con inspecciones en vigor,
debe ponerse en contacto con un conservador adherido al Plan Renove, para que
lleve a cabo tanto la gestión administrativa de las subvenciones, como del
cálculo y de las necesidades técnicas a adoptar para adaptarse al Plan Renove
de Ascensores.
3.- ¿Qué requisitos deben cumplir los cambios para poder acogerse al
Plan Renove?
Que al menos se obtenga un 35% de ahorro energético con la
modificación/sustitución del sistema tracción (instalado siempre en cuarto de
máquinas), incluyéndose en este apartado los sistemas de control de
optimización de llamadas, los variadores de frecuencia, los motores, los
sistemas de recuperación de energía en el movimiento del ascensor o aquellos
elementos mecánicos y/o eléctricos que mejoren el rendimiento del conjunto
tractor, así como la modificación/sustitución de las luminarias o sistemas de
iluminación de la cabina por otros de mayor eficiencia energética.
4.- ¿Se subvencionan estas actuaciones en cualquier tipo de
ascensor ya instalado?
Sí, el Plan está dirigido a los ascensores ya instalados, con
la inspección periódica válida, entendiéndose como válida la que se encuentre
dentro del plazo contemplado para la subsanación de deficiencias en una
inspección periódica obligatoria, con independencia de su uso y tipo de
titular, y siempre que se cumpla al menos el 35% de ahorro energético tras las
modificaciones.
5.- ¿Cuánto dinero me dará la Comunidad de Madrid acogiéndome a este
Plan?
El Plan Renove de Ascensores está dotado con un presupuesto
de 1 millón y medio de euros y subvenciona el 35% del coste total de la
inversión (IVA no incluido), limitado en cualquier caso a:
• Sistemas de iluminación del ascensor,
incluyendo sistema de iluminación y sistema de detección de personas físicas:
máximo 600 €.
• Sistema tractor del ascensor, sistemas de
control de optimización de llamadas variador de frecuencia, sistemas de
recuperación de energía en el movimiento del ascensor y/o aquellos elementos
mecánicos y/o eléctricos que mejoren el rendimiento del conjunto tractor:
máximo: 2.700 €.
6.- ¿Qué duración tendrá el Plan Renove de Ascensores de la Comunidad
de Madrid?
Podrán acogerse al Plan las sustituciones o modificaciones
que se realicen en ascensores existentes de la Comunidad de Madrid entre el 1
de enero de 2010 y el 22 de octubre de 2011, o hasta el agotamiento de los
fondos disponibles asignados al Plan Renove.
7.- ¿Quién es el destinatario de la subvención?
El perceptor de la subvención es el titular del ascensor
(comunidades de propietarios, particulares, etc.).
8.- ¿Cuándo se recibe la subvención?
Cuando se hayan concluido los trabajos de sustitución, el
conservador adherido deberá presentar antes de 15 días la documentación
acreditativa. Si cumple todos los requisitos se abonará a la cuenta del
titular.
9.- ¿Cómo se cobra la subvención?
Mediante transferencia a la cuenta bancaria del titular del
ascensor que se haya indicado en la solicitud.
10.- Queremos instalar un ascensor nuevo en nuestra vivienda ¿Podemos
acogernos al Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid?
El Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid, está
dirigido a ascensores ya instalados, por lo que NO SE PODRÁN ACOGER AL PLAN
RENOVE.
11.- ¿Qué ventajas aporta cambiar las luminarias y/o el sistema
motriz de mi ascensor?
El cambio de luminarias y/o sistema motriz del ascensor le
proporcionará ahorro de energía, por lo que usted pagará menos en su factura
energética y aumentará el valor de su inmueble.
12.- Soy instalador de Ascensores y me gustaría adherirme al Plan
Renove ¿qué debo hacer?
Si está comprometido con el ahorro energético y está
dispuesto a sumarse a esta iniciativa, los pasos que debe realizar un
conservador para convertirse en conservador adherido al Plan Renove de
Ascensores, son los siguientes:
• Rellenar el formulario de solicitud que podrá
encontrar en esta página web
• Enviar al gestor (Asociación Empresarial de
Ascensores de Madrid-AEAM) el formulario original debidamente cumplimentado,
firmado y sellado junto con la fotocopia del CIF de la empresa.
Una vez recibida la información en AEAM, esta asociación le
dará de alta en la base de datos como conservador adherido al Plan.
13.- ¿Si el cálculo estimado del ahorro de la sustitución que voy a
realizar está por debajo del 35% no puedo solicitar subvención?
Si realiza la simulación del cálculo de ahorro de energía y
éste le da un resultado inferior al 35% y puede aportar unos cálculos
diferentes, puede solicitar su validación a la Fundación de la Energía a través
de la AEAM.
14.- En el caso de querer demostrar por cálculos justificativos
la obtención del 35% de ahorro energético, ¿qué documentación tengo que
aportar?
• Documentación Técnica de los aparatos a
instalar, facilitados directamente por el fabricante de cada uno de los
dispositivos, donde se describa explícitamente el ahorro energético que tiene,
o haciendo relación de consumos actuales, frente a los justificados con la
documentación técnica de dicho aparato.
• Cálculos justificativos que demuestren el
ahorro del 35% o superior.
• Se podría justificar, aportando lecturas de
medida iniciales, no menos de una semana de lecturas, con un contador
eléctrico. Los parámetros que se miden en una instalación generalmente son el
consumo en kWh, la demanda máxima, la demanda base, la demanda intermedia, la
demanda pico, y el factor de potencia, así como entregar la documentación
técnica del aparato de medida, sobre todo fecha de la última calibración y
garantía en tiempo de la misma. Para una vez obtenida la lectura, y mediante
cálculos justificativos de la instalación futura se pueda demostrar el ahorro
del 35%.
15.- Si he tenido una sustitución en el 2010 ¿puedo acogerme al
Plan Renove de Ascensores?
Podrán acogerse al Plan todas aquellas sustituciones que se
realicen en ascensores existentes de la Comunidad de Madrid entre el 1 de enero
de 2010 y el 22 de octubre de 2011, o hasta el agotamiento de los fondos
disponibles.
16.- Si la factura por el total de la sustitución tiene distintas
mensualidades ¿qué puede hacerse?
Todos los trabajos que entren en el Plan, y sean facturados
en diferentes mensualidades, o recibos mensuales, deberán enviar una carta
justificativa, donde el cliente final, el propietario del ascensor, certifique
que, los trabajos realizados han sido los planteados en el presupuesto y que se
realizaran los pagos en las diferentes mensualidades, como se quiera hacer el
pago, exponiendo el total del final de obra, que debe coincidir con la cifra
del presupuesto inicial.
17.- En un edificio hay 2 ascensores y 50 viviendas ¿A qué
número de viviendas total sirve el ascensor?
Si los 2 ascensores llegan a todas las plantas, el número de
viviendas servidas por el ascensor serán 50. Si el ascensor llega a la mitad de
las plantas, el número de viviendas a las que sirve el ascensor será de 25.
18.- ¿Puedo solicitar subvención para sustituir un ascensor
hidráulico por uno eléctrico?
Sí, si está en regla al pedir la subvención y cumple los
requisitos. Para ello ponerse en contacto con el conservador.
19.- ¿Qué actuaciones incluye el Plan Renove de Ascensores?
El Plan Renove de ascensores incluye:
• la modificación/sustitución del sistema de
tracción (instalado siempre en cuarto de máquinas) que suponga una mayor
eficiencia energética respecto al existente. Se incluyen en este apartado,
además, los sistemas de control de optimización de llamadas, los variadores de frecuencia, los motores, los sistemas de
recuperación de energía en el movimiento del ascensor o aquellos elementos
mecánicos y/o eléctricos que mejoren el rendimiento del conjunto tractor,
y/o
• la modificación/sustitución de las luminarias
o sistemas de iluminación de la cabina por otros de mayor eficiencia
energética, debiendo alcanzarse un ahorro energético de, al menos, el 35% (por
separado o en su conjunto) respecto a la situación previa del ascensor.
20.- ¿Qué documentación debo aportar?
Una vez realizada la actuación, el conservador
deberá rellenar el Boletín de Solicitud de Incentivo (BOSI) suscrito por éste y
por el titular de la instalación, que remitirá a AEAM adjuntando, además, la
siguiente documentación:
• Presupuesto aceptado.
• Fotocopia de la factura (no proforma)
desglosada con el suficiente detalle de actuaciones, para conocer el coste y el
alcance de los trabajos acogidos al Plan Renove de Ascensores de la Comunidad
de Madrid.
• Tarjeta de identificación Fiscal o documento
acreditativo del número de la Tarjeta de identificación Fiscal de la propiedad.
• Nº del DNI/NIE del representante legal.
• Acta Comunidad de Propietarios con elección de
Presidente/Administrador/Apoderado o escrituras en su caso, y/o documento de
autorización de los representantes en los casos necesarios.
• Justificante de puesta en servicio de la
modificación del ascensor emitida por la Dirección General de Industria,
Energía y Minas cuando ésta sea de aplicación, o justificación de la solicitud
si ha transcurrido más de un mes desde la presentación de la misma.
• Inspección periódica válida, entendiéndose
también como inspección periódica válida y a los efector de este Plan, la que
se encuentre dentro del plazo contemplado para la subsanación de deficiencias
en una inspección periódica obligatoria.
• Justificante bancario del titular beneficiado
o copia de un recibo que justifique la titularidad de la cuenta bancaria.
• Certificado de destrucción/retirada de los
elementos sustituidos.
• Declaración de ayudas concurrentes.
• En los casos de sustitución de motores se
deberán acreditar las características del sistema motriz sustituido, siendo
necesario aportar copia o certificado de los datos registrales del ascensor
ante el órgano Territorial Competente, y en caso de no poder localizar la
documentación original de acreditación del motor original antes de la
transformación, podrán acreditarse las condiciones iniciales del motor mediante
fotografía de la placa de características del motor sustituido.
• En los casos de no alcanzar al menos el 35% de
ahorro energético en la modificación o sustitución realizada, deberá
presentarse un certificado de ahorro energético emitido por el fabricante del
elemento modificado o sustituido que justifique el porcentaje de ahorro
energético en su rendimiento para alcanzar dicho ahorro.
21.- ¿Dónde debo aportar la documentación?
Toda la documentación solicitada deberá ser aportada a la
Asociación Empresarial de Ascensores de Madrid - AEAM (C/ Medea 4, 2º B y C -
28037 - Madrid)
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