DUDAS MÁS FRECUENTES.-

1.- ¿Quién puede acogerse a la subvención?
2.- Siendo el Propietario de un ascensor, ¿Cómo puedo acogerme a esta subvención?
3.- ¿Qué requisitos deben cumplir los cambios para poder acogerse al Plan Renove?
4.- ¿Se subvencionan estas actuaciones en cualquier tipo de ascensor ya instalado?
5.- ¿Cuánto dinero me dará la Comunidad de Madrid acogiéndome a este Plan?
6.- ¿Qué duración tendrá el Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid?
7.- ¿Quién es el destinatario de la subvención?
8.- ¿Cuándo se recibe la subvención?
9.- ¿Cómo se cobra la subvención?
10.- Queremos instalar un ascensor nuevo en nuestra vivienda ¿Podemos acogernos al Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid?
11.- ¿Qué ventajas aporta cambiar las luminarias y/o el sistema motriz de mi ascensor?
12.- Soy instalador de Ascensores y me gustaría adherirme al Plan Renove ¿qué debo hacer?
13.- ¿Si el cálculo estimado del ahorro de la sustitución que voy a realizar está por debajo del 35% no puedo solicitar subvención?
14.- Si he tenido una sustitución en el 2009 ¿puedo acogerme al Plan Renove de Ascensores?
15.- Si la factura por el total de la sustitución tiene distintas mensualidades ¿qué puede hacerse?
16.- En un edificio hay 2 ascensores y 50 viviendas ¿A qué número de viviendas total sirve el ascensor?
17.- ¿Puedo solicitar subvención para sustituir un ascensor hidraúlico por uno eléctrico?
18.- En el caso de querer demostrar por cálculos justificativos la obtención del 35% de ahorro energético, ¿qué documentación tengo que aportar?


Si quiere obtener más información al respecto contacte con la Asociación Empresarial de Ascensores de Madrid – AEAM (Doctor Fleming, 55, 6º -Dcha 28036 Madrid Tel. 902 103 490) Ellos le informarán y le explicarán qué debe hacer para adherirse al Plan y tramitarán sus solicitudes relacionadas con el Plan Renove aunque no esté asociado a ella.
1.- ¿Quién puede acogerse a la subvención?
   Cualquier persona física o jurídica propietaria de un ascensor ubicado en la Comunidad de Madrid que quiera ver reducido el consumo energético de su ascensor, y se quiera aprovechar de las ayudas que ofrece la Comunidad de Madrid de un 35% de la instalación ( IVA no incluido), siempre que se consigua un 35% de ahorro energético con los cambios.
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2.- Siendo el Propietario de un ascensor, ¿Cómo puedo acogerme a esta subvención?
   Todo Propietario de un ascensor con inspecciones en vigor, debe ponerse en contacto con la empresa mantenedora del mismo, para la gestión administrativa de la subvenciones, así como del calculo y de las necesidades técnicas a adoptar para adaptarse al Plan Renove de Ascensores.
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3.- ¿Qué requisitos deben cumplir los cambios para poder acogerse al Plan Renove?
   Que al menos se obtenga un 35% de ahorro energético con la sustitución del sistema motriz o mejora del mismo con variador de velocidad, y control inteligente en la gestión de las llamadas, así como con la instalación de nuevas luminarias más eficientes, o sistema de detección de presencia.
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4.- ¿Se subvencionan estas actuaciones en cualquier tipo de ascensor ya instalado?
   Si, el Plan va dirigido a los ascensores ya instalados, con la inspección periódica en vigor, con independencia de su uso y tipo de titular, y siempre que se cumpla el 35% de ahorro energético tras las modificaciones.
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5.- ¿Cuánto dinero me dará la Comunidad de Madrid acogiéndome a este Plan?
   El Plan Renove de Ascensores está dotado con un presupuesto de 2 millones de euros y subvenciona el 35% del coste total de la inversión, teniendo como topes máximos:
      • Sistemas de iluminación del ascensor: Máximo 600€
      • Sistema tractor del ascensor: Máximo 2.700€
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6.- ¿Qué duración tendrá el Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid?
   El Plan Renove estará vigente hasta el próximo día 22 de octubre de 2010 o hasta el agotamiento de los fondos asignados al Plan Renove.
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7.- ¿Quién es el destinatario de la subvención?
   El perceptor de la subvención es el titular del ascensor (comunidades de propietarios, particulares, etc.)
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8.- ¿Cuándo se recibe la subvención?
   Cuando se hayan concluido los trabajos de sustitución, la empresa de mantenimiento presentará la documentación acreditativa. Si cumple todos los requisitos se abonará a la cuenta del titular.
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9.- ¿Cómo se cobra la subvención?
   Mediante transferencia a la cuenta bancaria del titular del ascensor que se haya indicado en la solicitud.
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10.- Queremos instalar un ascensor nuevo en nuestra vivienda ¿Podemos acogernos al Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid?
   En el caso de ascensores nuevos NO SE PODRÁN ACOGER AL PLAN RENOVE.
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11.- ¿Qué ventajas aporta cambiar las luminarias y/o el sistema motriz de mi ascensor?
   El cambio de luminarias y/o sistema motriz del ascensor le proporcionará ahorro de energía, por lo que usted pagará menos en su factura energética y aumentará el valor de su inmueble.
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12.- Soy instalador de Ascensores y me gustaría adherirme al Plan Renove ¿qué debo hacer?
   Si está comprometido con el ahorro energético y está dispuesto a sumarse a esta iniciativa, los pasos que debe realizar un conservador para convertirse en conservador adherido al Plan Renove de Ascensores, son los siguientes:
      • Rellenar el formulario de solicitud que podrá encontrar en esta página web
      • Enviar el gestor (Asociación Empresarial de Ascensores de Madrid-AEAM) el formulario original debidamente cumplimentado, firmado y sellado junto con la fotocopia del CIF de la empresa.
   Una vez recibida la información en AEAM, ésta asociación le dará de alta en la base de datos como conservador adherido al Plan.
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13.- ¿Si el cálculo estimado del ahorro de la sustitución que voy a realizar está por debajo del 35% no puedo solicitar subvención?
   Si realiza la simulación del cálculo de ahorro de energía y este le da un resultado inferior al 35% y puede aportar unos cálculos diferentes, puede solicitar su validación a la Fundación de la Energía a través de la AEAM.
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14.- Si he tenido una sustitución en el 2009 ¿puedo acogerme al Plan Renove de Ascensores?
   Los trabajos de mejora de eficiencia energética en ascensores que hayan terminado en 2009 y se haya entregado la documentación en Industria, y aun no este facturados, pueden entrar al Plan de Ascensores siempre que la factura este emitida a partir de la firma de convenio del 18 de diciembre.
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15.- Si la factura por el total de la sustitución tiene distintas mensualidades ¿qué puede hacerse?.
   Todos los trabajos que entren en el Plan, y sean facturados en diferentes mensualidades, o recibos mensuales, deberán enviar una carta justificativa, donde el cliente final, el propietario del ascensor, certifique que, los trabajos realizados han sido los planteados en el presupuesto y que se realizaran los pagos en las diferentes mensualidades, como se quiera hacer el pago, exponiendo el total del final de obra, que debe coincidir con la cifra del presupuesto inicial.
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16.- En un edificio hay 2 ascensores y 50 viviendas ¿A qué número de viviendas total sirve el ascensor?
   Si los 2 ascensores llegan a todas las plantas, el número de viviendas servidas por el ascensor serán 50. Si el ascensor llega a la mitad de las plantas, el número de viviendas a las que sirve el ascensor será de 25.
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17.- ¿Puedo solicitar subvención para sustituir un ascensor hidraúlico por uno eléctrico?
   Sí, si está en regla al pedir la subvención y cumple los requisitos. Para ello ponerse en contacto con el conservador.
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18.- En el caso de querer demostrar por cálculos justificativos la obtención del 35% de ahorro energético, ¿qué documentación tengo que aportar?
      • Documentación Técnica de los aparatos a instalar, describiendo explícitamente el ahorro energético que tiene, o haciendo relación de consumos actuales, frente a los justificados con la documentación técnica de dicho aparato.
      • Cálculos justificativos que demuestren el ahorro del 35%.
      • Se podría justificar, aportando lecturas de medida iniciales, no menos de una semana de lecturas, con un contador eléctrico. Los parámetros que se miden en una instalación generalmente son el consumo en kWh, la demanda máxima, la demanda base, la demanda intermedia, la demanda pico, y el factor de potencia, así como entregar la documentación técnica del aparato de medida, sobre todo fecha de la ultima calibración y garantía en tiempo de la misma. Para una vez obtenida la lectura, y mediante cálculos justificativos de la instalación futura se pueda demostrar el ahorro del 35%.
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